Política y Academia. Martha Soledad Montero González

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Política y Academia - Martha Soledad Montero González


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espaciotemporalmente. Allison, El idealismo trascendental de Kant…, 30-39. Así pues, se trata de reconocer, explica Allison, que el idealismo trascendental se presenta como un concepto de condición epistémica presente en la KrV, el cual podemos entender como una “condición necesaria para la representación de un objeto o un estado objetivo de cosas”. Allison, El idealismo trascendental de Kant…,40.

      12 Allison, El idealismo trascendental de Kant…, 469-471; Immanuel Kant, KrV, A533 / B561.

      13 Este principio exige explicar cómo un evento es necesariamente así, esto es, determinar por qué ocurrió así y no de otra manera; este principio no es el de causalidad, pues no se centra en la relación causa y efecto, sino más bien en la necesidad en la sucesión de posibilidad de los hechos.

      14 Allison, El idealismo trascendental de Kant…, 472.

      15 Carlos Pereda, “La tercera antinomia y las perplejidades de la libertad”. En Kant: de la crítica a la filosofía de la religión, ed. Dulce María Granja (España: Anthropos, 1994), 102.

      16 Immanuel Kant, KrV, A 444 / B 472.

      17 Immanuel Kant, KrV, A 446 / B 474.

      18 Immanuel Kant, KrV, A 447 / B 475.

      19 Allison, El idealismo trascendental de Kant…, 473.

      20 Immanuel Kant, KrV, A 449 / B 477.

      21 Immanuel Kant, KrV, A 450 / B 478.

      22 Para ampliar una revisión ontológica y no epistémica del problema cosmológico sugerimos el desarrollo del ya citado Strawson, quien afirma una distinción crítica entre el mundo fenoménico y la cosa en sí. Igualmente, el trabajo de Ilena Beade, “En torno al sentido epistémico de la distinción crítica entre lo sensible y lo inteligible. Un análisis de la doctrina kantiana del doble carácter”, Studia Kantiana 14, (2013a): 100-126, el cual ofrece un amplio estado del tema sobre las lecturas contemporáneas acerca de una interpretación ontológica y epistémica entre fenómeno y noúmeno.

      23 Allison, El idealismo trascendental de Kant…, 469-471.

      24 Hay igualmente una lectura moderada de la tercera antinomia kantiana entre libertad y leyes físicas, principalmente defendida por Karl Ameriks, “The Critique of Metaphysics: Kant and Traditional Ontology”, in The Cambridge Companion to Kant, ed. Paul Guyer (Cambridge: University Press, Cambridge): 258-272; este intérprete expone de manera muy concreta que el noúmeno es una entidad ontológicamente diferente del fenómeno con cualidades distintas al fenómeno que se representa. Esto sugiere, dicho sea de paso, un estatus mayor con respecto al mundo fenoménico. Sin embargo, esta interpretación es fuertemente criticada por Ilena Beade, pues una lectura ontológica del idealismo transcendental kantiano está más preocupada por buscar significaciones específicas entre la distinción fenómeno/cosa en sí, que en reconocer los límites y alcances de una teoría de dos mundos, conclusión inevitable desde una lectura ontológica. Ilena Beade, “En torno al sentido epistémico de la distinción crítica entre lo sensible y lo inteligible. Un análisis de la doctrina kantiana del doble carácter”, Studia Kantiana 14, (2013a): 100-126.

      25 Todas estas ubicaciones están por supuesto dentro de la Crítica de la razón pura (KrV).

      26 Allison, El idealismo trascendental de Kant…, 474.

      27 Para Kant, la facultad de la razón es de suma importancia, pues “Todo nuestro conocimiento comienza por los sentidos, pasa de éstos al entendimiento y se acaba en la razón, más allá de la cual no hay nada en nosotros más elevado para elaborar la materia de la intuición y para someterla a la unidad más alta del pensamiento” (KrV, A 298 / B 355); puesto así, la razón es una facultad del entendimiento, y este es propiamente la facultad de conocer que poseen los seres humanos en general. No obstante, en la Crítica del discernimiento (KU) hay una distinción aún más ilustrativa: “la legislación mediante conceptos de la naturaleza tiene lugar merced al entendimiento y es teórica. La legislación a través del concepto de libertad la lleva a cabo la razón y es meramente práctica”. Immanuel Kant, [KU] Kritik der Urteilskraft (1790). Crítica del discernimiento, trad. de Roberto Aramayo y Salvador Mas (Madrid: Machado Libros. 2003). KU, V, 174, en este caso, el objetivo de Kant es diferenciar los dominios de la filosofía teórica (las leyes de la naturaleza y el mundo fenoménico) y la filosofía práctica (las leyes de la libertad y las costumbres) en lo que respecta a sus legislaciones, siendo la legislación de la razón las prácticas dadas por libertad. Así, evaluar las acciones bajo la legalidad teórica es crear una ilusión. Immanuel Kant, KU, V, 175.

      28 Immanuel Kant, KrV, A 422 / B 450.

      29 Esta afirmación no significa que el entendimiento sea sensibilidad, pues como lo expresa Antonio Junceda, “Cuando Kant emplea el termino entendimiento en sentido lato, hace referencia a la facultad de conocer, caracterizada por la espontaneidad y, en cuanto tal, opuesta a la sensibilidad”. Antonio Junceda, “Entendimiento y razón en la Crítica de la razón pura”, Anales del Seminario de Historia de la Filosofía 2, (1981): 121-136.

      30 Allison, El idealismo trascendental de Kant…, 473.

      31 KrV, A 536-537 / B 564-565.

      32 Allison, El idealismo trascendental de Kant…, 40.

      33 Luis Eduardo Hoyos “¿Qué debo hacer? La filosofía moral de Kant”, en Kant: entre sensibilidad y razón, eds. Luis Eduardo Hoyos, Carlos Patarroyo y Gonzalo Serrano (Bogotá: Editorial Universidad Nacional de Colombia) 129.

      34 Beade, “Las lecturas ontológica y…”.

      35 Allison, El idealismo trascendental de Kant…, 473-475.

      36 KrV, A 538 - 541 / B 566-569.

      37 El primer caso entonces nos ofrece una descripción de sus acciones, y en cuanto pertenecen al mundo fenoménico, no pueden violar las leyes de la naturaleza, de tal manera que estas son parte de la cadena de acontecimientos en el mundo. El segundo caso nos muestra a un sujeto libre, que tiene la capacidad de deliberar y actuar de acuerdo con la razón; en estas circunstancias, el sujeto tiene la capacidad de interpelarse, esto es, preguntarse por qué actúo así y no de otro modo. Con ello, queremos hacer énfasis en que esta distinción no es con respecto a dos


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