El sistema financiero a finales de la Edad Media: instrumentos y métodos. AAVV
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En cuanto a las finanzas castellanas, algunos casos bien conocidos, como el de la ciudad de Sevilla, muestran una importante y creciente vitalidad de las relaciones financieras a lo largo de los siglos medievales; si bien es cierto que estos centros disfrutaron de su orientación hacia la economía mediterránea, mientras que otros, situados en regiones septentrionales, ligaron su prosperidad al impulso de rutas como el Camino de Santiago. ¿Por qué no se aprecia un desarrollo generalizado del sistema financiero castellano entre los siglos XIII-XIV? La respuesta, a expensas de ser reduccionista, puede fundamentarse a partir de un argumento simple: durante este periodo, la economía castellana estaba lejos de necesitar un sistema financiero complejo sobre el que sustentar la expansión del capital, del comercio interior –preso de una débil demanda–, de las exportaciones hacia centros europeos o el desarrollo de un aparato financiero y fiscal como el que puede apreciarse a partir del siglo XV,10 ligado al inicio de una próspera etapa de crecimiento económico. Los límites de la estructura económica, social y política castellana, así como la diversidad de un amplio territorio en el que era complejo promover una integración económica real, son factores que también han de ser considerados. Por otro lado, sería necesario tener en cuenta el papel de instituciones como las ciudades, la nobleza, la Iglesia o la propia Corona, cuyo interés por impulsar sistemas fiscales capaces de reforzar su poder era común, aunque quizá menos acentuado que el observado en otros reinos como Aragón, Francia o Inglaterra.11
A pesar de todo, las relaciones financieras, la existencia de crédito, la llegada de mercaderes extranjeros, la aparición de mercados y ferias y otros fenómenos nos permiten hablar de un avance en materia financiera, desde fines del siglo XIV e inicios del XV, del que acabará siendo uno de los grandes espacios financieros a nivel europeo a mediados del siglo XVI.12
La progresiva consolidación del sistema financiero castellano se puede constatar a partir de una serie de hechos. En primer lugar, hay que destacar la participación de agentes de toda condición, desde miembros de la nobleza y de la oligarquía urbana a grupos teóricamente menos pudientes vinculados al mundo agrario. En segundo lugar, podemos mencionar el recurso generalizado al crédito para llevar a cabo todo tipo de negocios y operaciones que sobrepasaban con mucho el ámbito del gran comercio, expandiéndose hacia el mundo agrario, la producción artesanal, etc.13 Por último, el auge de los mercados y ferias,14 además de la consolidación formal de diversos instrumentos, acaban por definir las bases de lo que podríamos entender como los pilares del «sistema financiero» castellano. A estos elementos debemos añadir el papel de las instituciones (legales, económicas, sociales…), cuyo desarrollo ejerció un notable impulso sobre las finanzas a fines del siglo XV e inicios del XVI.
Como ya han expuesto numerosos autores, las instituciones vinculadas al mundo mercantil han desempeñado un papel decisivo en el desarrollo de la economía europea durante el último milenio.15 Además, existe cierto consenso en torno a los efectos positivos que tuvo el desarrollo institucional en sus más diversas vertientes para promover el crecimiento de la economía europea durante el Medievo.16 Siguiendo estos planteamientos, resulta evidente la relación entre el auge de los sistemas financieros medievales-modernos y el avance de instituciones como el propio derecho, los mercados o las ligadas al gobierno.17 En función de estas premisas, podemos señalar que el auge de la actividad financiera, al igual que ocurrió con el comercio o con la producción, también fue deudor del desarrollo institucional castellano, promotor del cambio en ámbitos de la actividad económica como el comercio, la fiscalidad o el crédito.
El auge del comercio internacional a lo largo del siglo XV constituye una de las mejores pruebas del cambio económico e institucional en Castilla, sobre todo en lo que concierne al relevante papel que comenzaron a desempeñar las instituciones mercantiles. Estas actuaron como promotoras de un proceso de creación y consolidación de relaciones comerciales estables, bajo el amparo de consulados en el extranjero, que culminó con la consolidación de poderosas agrupaciones mercantiles como el Consulado de Burgos o el de Bilbao. Aunque no vamos a entrar en consideraciones sobre su eficacia, no cabe duda de que su labor contribuyó a animar la exportación de lana, a respaldar los flujos económicos internacionales vinculados a los negocios de los mercaderes castellanos y, en definitiva, al desarrollo de un sistema financiero que, esta vez sí, mantenía crecientes conexiones con los territorios a la vanguardia. Junto a estas instituciones, merece la pena señalar otras necesarias y directamente vinculadas al comercio interior: nos referimos a la aparición de cofradías de mercaderes, al desarrollo de los mercados urbanos y al progreso de un sistema ferial capaz de vertebrar los intercambios a nivel local, regional e internacional.18
A diferencia del interés generado por las instituciones vinculadas al comercio, existe menos masa crítica en torno a la influencia que ejercieron otras instituciones en el auge del sistema financiero castellano. Muchas de estas instituciones han sido estudiadas de forma particular, con escasas referencias al rol ejercido sobre el sistema financiero en general. Por ejemplo, los cambios institucionales visibles a fines del siglo XV, resultado de la consolidación de un lento proceso impulsado por la Corona desde el siglo XIV en ámbitos como la fiscalidad, el notariado o la justicia,19 tienen mucho que ver en la expansión de la actividad financiera y de lo que podemos entender como sistema. Las transformaciones en la administración de la fiscalidad regia, la municipal, la señorial o la eclesiástica constituyen una buena muestra del impulso vinculado a este mundo en auge.20
No menos importantes fueron los cambios impulsados por los gobernantes dentro del notariado. Su labor como garante de la fe pública recibió un importante estímulo en tiempos de los Reyes Católicos, momento que supuso el culmen de su progresivo afianzamiento, situando la práctica notarial al nivel de otros territorios vecinos.21 En este mismo orden, es necesario señalar que la Corona mantuvo una preocupación constante por impulsar otras instituciones como la justicia, necesaria para el correcto desarrollo de la actividad económica y básica para reforzar las operaciones y las relaciones entre los agentes que participaban en el sistema financiero castellano.22
Si las instituciones mercantiles, notariales, fiscales o judiciales fueron esenciales en la configuración del sistema financiero, las vinculadas al derecho constituyeron el sustrato sobre el que germinaron muchas de las relaciones financieras documentadas. Las instituciones y las relaciones financieras forman un binomio de cuya existencia y desarrollo son deudoras algunas operaciones como el préstamo, la compraventa a crédito, el arrendamiento… y el nivel de confianza y seguridad con el que se llevaron a cabo. El derecho, por tanto, emergió como otra institución fundamental en la que podemos rastrear el origen de algunas figuras legales que contribuyeron a consolidar y a potenciar la expansión financiera.
Desde el siglo XII, la recuperación del derecho romano fue fundamental en la evolución institucional de gran parte de los territorios europeos.23 En Castilla, su influencia a nivel financiero se hizo visible al establecer las bases legales de la contratación y de las operaciones a crédito entre particulares. En lo que concierne al marco legal que sustentaba