Convergencia entre derechos de autor, marcas y competencia desleal en Cuba. Ivette Marell Matamoros Masip
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PRÓLOGO
Me complace compartir con ustedes que otro año más la convocatoria para el Premio en Honor a D. Antonio Delgado Porras ha motivado la participación de estudios en propiedad intelectual, ya la Iv convocatoria, lo que consolida esta elogiable iniciativa, cuya cuidada organización y finalidad es recordar la excelente labor de D. Antonio Delgado. Gran jurista, entre los primeros y destacados estudiosos en derechos de Propiedad Intelectual de nuestro país, y con un reconocimiento internacional, europeo y americano. Con una constante actividad intelectual y una extensa obra científica, y activo interviniente en la difusión del conocimiento, mediante conferencias, cursos, seminarios, jornadas, siempre manteniendo sus detallados análisis y rigurosos planteamientos jurídicos sobre los derechos de autor.
D. Antonio Delgado, que ahora recordamos con estos Premios, era y es admirado por todos, gozaba de gran reconocimiento tanto en el ámbito público como en el privado, y sus criterios y argumentos eran respetados, participando directamente en la elaboración de propuestas e informes legislativos tanto en España como en numerosos países americanos. su técnica jurídica era impecable, constante su ilusión y pasión por su trabajo, y con una defensa abierta, sólida, y directa por una protección eficaz de los derechos de propiedad intelectual.
La inspiración de este excepcional jurista, D. Antonio Delgado, nos ha ayudado a los miembros del tribunal a evaluar los trabajos, y a otorgar el primer premio a Dña. Ivette Marell Matamoros (Cuba) por su investigación sobre Convergencia entre Derechos de Autor, marcas y competencia desleal en Cuba. Es un buen trabajo, original en el planteamiento inicial y en su desarrollo. Parte del estudio del supuesto de hecho, para ir evaluando y analizando los apartados coincidentes entre propiedad intelectual y propiedad industrial.Nuestra más sincera felicitación por el reconocimiento con este Premio al buen trabajo realizado, y transmitirle ánimo para continuar en el estudio de los puntos de encuentro entre estas dos propiedades especiales.
Estimo que se ha logrado la finalidad principal de este Premio en Honor a D. Antonio Delgado, que es continuar e incentivar el estudio sobre los derechos de propiedad intelectual, desde una perspectiva transnacional y transversal en contenidos, incluso sobre los derechos de autor y los derechos de propiedad industrial, desde una visión global atractiva y que motive avanzar en el análisis de la propiedad intelectual.
Profª Dra. Dña. Rosa de Couto Gálvez
Directora del Centro de Investigación del Derecho (CID-ICADE)
Universidad Pontificia Comilla (ICAI-ICADE)
Vocal de la sección Primera de Arbitraje y Mediación de la CPI del MECD
AGRADECIMIENTOS
Todo trabajo de investigación supone siempre un gran esfuerzo y dedicación a quien lo crea. Sin embargo, la felicidad o complacencia que se siente cuando este ha llegado al resultado deseado, tuvo en el camino la intervención de otras manos que aportaron su granito de arena para llegar a buen puerto. Mi más sincero agradecimiento:
Al equipo de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, el Instituto de Propiedad Industrial de Argentina y a la Universidad Austral, por la oportunidad excepcional de permitirme participar en la Maestría Regional de la Propiedad Intelectual (MRPI) que auspician; espacio imprescindible para potenciar las capacidades de los profesionales de Latinoamérica.
Al equipo de profesores de la MRPI, por transmitirme sus conocimientos y experticia en esta materia, en especial al Dr. Federico Villalba Díaz, por sus consejos oportunos y apoyo incondicional como corrector de este trabajo de investigación.
A las Dras. Martha Moreno Cruz, Dánice Vázquez D’Alvaré y la MSc. María Amparo Santana Calderín, profesoras de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana, por sus profesionales recomendaciones e incentivo a investigar.
A mis colegas del Departamento de Asuntos Jurídicos y Relaciones Internacionales de la OCPI, en especial a mi Jefa la MSc. Yanay Sánchez González, por su paciencia, su pasión por la Propiedad Intelectual y las largas jornadas de debate que enriquecieron en gran medida este trabajo.
A mi esposo Antonio Wong Roman, por ser la luz de mis ojos. A mi madre y mi padre por educarme con paciencia y cariño e inculcarme la perseverancia. A todos aquellos que hicieron posible este trabajo, que creyeron y han creído siempre.
INTRODUCCIÓN
La propiedad intelectual es una disciplina que alude a un amplio espectro de derechos subjetivos de diferente naturaleza, que le son atribuidos al hombre sobre productos de su creatividad e intelecto, entre los que se encuentran: las obras literarias, artísticas, científicas; las interpretaciones y ejecuciones de artistas e intérpretes y otros derechos conexos; las marcas y otros signos distintivos; las invenciones; los dibujos y modelos industriales; las variedades vegetales; los esquemas de trazado de circuitos integrados; la información no divulgada1, y la represión de la competencia desleal2. Esta última, no como un derecho subjetivo exclusivo que se aplica a un objeto de protección determinado, sino más bien como un deber de comerciar honestamente, evitando prácticas comerciales engañosas o fraudulentas que afecten la buena fe concurrencial y los derechos de los consumidores.
Estos derechos, con excepción de la competencia desleal, son considerados bienes inmateriales, que, si bien poseen diferencias en cuanto a su naturaleza, contenido, formas y ámbitos de protección, en ocasiones presentan puntos de contacto ‒también denominados “zonas grises o fronterizas” ‒, donde se interrelacionan dos o más ramas de la propiedad intelectual en una protección simultánea sobre una misma creación intelectual. Dicho fenómeno se produce, básicamente, por la compatibilidad que tienen los derechos de propiedad intelectual en algunas de sus características fundamentales, aun cuando, en esencia, constituyen derechos independientes.
Las situaciones especiales de confluencia entre estas disciplinas de la propiedad intelectual pueden ser utilizadas como ventaja por sus titulares; ya que las diferencias en la naturaleza jurídica que poseen les permiten decidir, facultativamente, de acuerdo con sus intereses y a lo establecido en las legislaciones nacionales, la fortaleza de la protección que brindarán a sus creaciones intelectuales.
Sin embargo, en ocasiones, las zonas de contacto entre los derechos de propiedad intelectual pueden generar conflicto, en particular, cuando un tercero desea que le sean reconocidos o conferidos derechos sobre una creación que ha sido protegida con anterioridad por otro titular, desde otra modalidad de la propiedad intelectual.
En estos casos, resulta esencial que los operadores del derecho de propiedad intelectual, entre ellos, examinadores, agentes de la propiedad intelectual y jueces, tengan claro que, en principio, es posible la coexistencia de varios derechos sobre la misma creación, siempre que sean respetados los