Laicidad y libertad religiosa del servidor público: expresión de restricciones reforzadas. Carol Inés Villamil Ardila

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Laicidad y libertad religiosa del servidor público: expresión de restricciones reforzadas - Carol Inés Villamil Ardila


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      El conflicto atravesó por la expedición de decretos papales que castigaban la imposición de investiduras por parte de reyes o del emperador con la excomunión, y con la autorización de desobediencia de los súbditos al emperador excomulgado79.

      El Concordato de Worms80 definió reglas para superar estas diferencias, entre las que se destacan las alusivas a la renuncia del emperador a hacer entrega de las investiduras eclesiásticas o clericales, representadas en el báculo y el anillo –símbolo de la cura de las almas–; en su lugar, el emperador reconoció la autoridad del cabildo de catedral, para conceder las investiduras. Además, en el acuerdo se estatuyó la investidura feudal, simbolizada con un cetro, que permitiría la entrega de regalías por parte del emperador. Se reconocieron así, la autoridad laica en cabeza del soberano, y la religiosa en el papa81.

      Este recorrido por distintas etapas del cesaropapismo permite hallar unos primeros rasgos o características de la relación entre religión y poder político:

      - De forma general y propia del dualismo, se identifica una diferenciación entre religión y orden político –laico o civil;

      - Es una constante la tensión por definir la preponderancia de la religión sobre el poder político o viceversa. Si bien en el cesaropapismo se procura un dominio político sobre el religioso, este no es estable, y se ve permanentemente desafiado por conflictos que plantea el poder religioso, aun en aspectos relacionados con el dominio territorial;

      - Dentro de los argumentos más frecuentes para sustentar la superioridad religiosa sobre el poder político está el indicar que el origen del poder político está en el poder divino;

      - En la distinción entre poder político y poder religioso se procura diferenciar las facultades en la concesión de investiduras, y el carácter y alcance laico o religioso de estas;

      - En el cesaropapismo, la relación poder político-religión es predominantemente institucional y no individual, porque se configura con tensiones conceptuales y de ejercicio de la nominación o nombramiento de sus autoridades, entre las instituciones del poder político y la Iglesia católica, y no destaca al individuo ni a otras organizaciones religiosas82 en ese vínculo, como sí sucederá en etapas posteriores.

      [§ 35] La hierocracia plantea la preponderancia del poder religioso sobre el político o secular, y diferencia al uno del otro. Concibe que los poderes, espiritual y temporal, provienen de Dios, quien los confirió al papado, en quien residen. Agrega que el ejercicio realizado por los príncipes es simplemente delegado, por lo cual están sujetos al control del catolicismo.

      La fortaleza de la hierocracia tuvo lugar entre 1198 y 1303, pero su resquebrajamiento derivó del debilitamiento de la figura del papado, en especial por la decadencia de Avignon y el Cisma de Occidente, que colocó en evidencia las fracturas del catolicismo, desde su cúspide papal, al punto de llegar a contar con dos y hasta tres papas simultáneamente, y mutuamente excomulgados83. Este preludio de la Reforma protestante abriría paso también a la concepción secular del poder político.

      Son características de la relación entre religión y poder político en el marco de la hierocracia las siguientes:

      - Diferencia entre poder religioso y poder secular;

      - Concede preponderancia al poder religioso sobre el poder secular;

      - Concibe el origen divino tanto del poder religioso como del poder secular;

      - Separa el ejercicio del poder religioso, que le asigna a la Iglesia católica, del ejercicio del poder político, que entiende delegado por el papado a los príncipes.

      [§ 36] El regalismo, entendido como la sujeción de la Iglesia católica al poder político o al príncipe de cada nación, más que al papado, es un fenómeno propio del surgimiento de los Estados-nación. Concibe que el origen del poder político es divino y que el príncipe, como soberano, tiene también el deber de defender la fe y, sobre esa base, ejercer control sobre la Iglesia de Roma y proveerle amparo material y político.

      El regalismo dotó a la religión católica de un perfil menos imperial, la hizo dependiente de cada poder político nacional, a tal punto que las orientaciones de Roma no eran aplicadas o divulgadas, las decisiones eclesiásticas eran controladas por los tribunales civiles y no se efectuaban aportes económicos a la Iglesia romana84. En el mismo sentido, de preponderancia de un poder político nacional85, los príncipes designaban a quienes ejercerían los principales deberes eclesiásticos, lo cual se conoció como “derecho de patronato”.

      Se concluye que las principales características de la relación entre religión y poder político, con base en el regalismo, son las que se enuncian a continuación:

      - Diferencia entre poder religioso y poder secular;

      - Concede preponderancia al poder secular sobre el religioso;

      - Concibe el origen divino del poder político, y al príncipe como un agente de Dios, quien debe controlar el poder religioso, para asegurar su debido ejercicio;

      - Asume que el ejercicio del poder religioso se deriva del príncipe de cada nación, por lo que los ministros católicos son designados por los príncipes y deben ejercer sus oficios de acuerdo con las disposiciones de estos últimos, antes que con las directrices de la institucionalidad romana.

      [§ 37] De la Reforma protestante surgirán el pluralismo y el individualismo religiosos. El fin del monopolio de la verdad religiosa como propiedad de una organización eclesial trajo consigo la posibilidad de establecer nuevas relaciones del poder político con las religiones. Una de ellas fue el retorno al exclusivismo, en el que se escogía la religión oficial, como sucedió en el territorialismo, en el que cada príncipe asumió una religión y la suya sería la de su territorio.

      Las pugnas previas entre Imperio y papado, la división experimentada durante el Cisma y el surgimiento de textos que cuestionaban la veracidad y alcance práctico del poder de la Iglesia católica en los asuntos temporales habían minado la idea del origen divino del poder y promovido pensamientos proclives a una clara separación entre el poder político y la religión.

      La llegada del protestantismo y de la pluralidad religiosa significó un desafío a la concepción política también al debilitar el carácter de verdad universal del catolicismo y al plantear la posibilidad individual y de los nacientes Estados, de optar, aún a precio de la vida o de la guerra, por la propia religión, o por la tolerancia hacia las no oficiales.

      La Reforma protestante trajo consigo la concepción de la autonomía, del libre examen que en asuntos religiosos puede realizar el individuo, incluidos el príncipe y quienes, en general, ejerzan el poder político, lo cual alimentó la consolidación de la autonomía de las naciones nacientes para construir nuevas relaciones con las religiones.

      La reforma protestante y el pluralismo religioso que resultó de ella, arrojan como características de las relaciones entre religión y poder político, las siguientes:

      - Diferencia entre poder religioso y poder secular;

      - Las relaciones entre religión y poder político no serán ya entre un Imperio y una única iglesia, sino que pasarán a establecerse entre naciones –luego Estados– e iglesias, individuos y grupos de estos;

      - Las relaciones del poder político se plantean frente a varias religiones y no solo frente a una de ellas;

      - Las relaciones entre poder político y religiones ya no son solo institucionales o con una o varias iglesias. En el relacionamiento por razón de la religión, las interacciones son también con individuos y grupos de ellos, quienes adoptan posiciones religiosas que bien pueden desafiar la perspectiva política en materia religiosa o compartirla;

      - Se abre camino a la preponderancia del poder secular sobre el religioso, por aparecer dividido este último en sí mismo y en sus posiciones sobre el predominio religioso86;

      - Se profundizan las discusiones sobre el origen divino


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