Laicidad y libertad religiosa del servidor público: expresión de restricciones reforzadas. Carol Inés Villamil Ardila

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Laicidad y libertad religiosa del servidor público: expresión de restricciones reforzadas - Carol Inés Villamil Ardila


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son susceptibles de controversia y cualificación, pero que también pueden extenderse al estudio de otros principios y sus colisiones, o a la profundización sobre la tensión entre laicidad y libertad religiosa aquí estudiada. En otros términos, la hipótesis sobre la concurrencia de ciertas características que generan en la persona una razón suficiente para restringir reforzadamente algunos de sus derechos fundamentales podría considerarse en relación con otros principios, y no solo en lo atinente a la libertad religiosa. Serían aplicables estas consideraciones, por ejemplo, en la búsqueda de las explicaciones a la limitación de los derechos a la deliberación o al voto de los miembros de las Fuerzas Armadas. También la fórmula de análisis de la regla general de la igualdad y el estudio de intensidad diferenciada de la libertad religiosa según su titular podría aplicarse a otros derechos fundamentales.

      Luego de estas explicaciones, tal vez pueda encontrarse relevante para quien se ocupe de la lectura la aplicación de la teoría de la ponderación a la libertad religiosa y a la laicidad, con el fin de profundizar en la aproximación jurídica y la caracterización histórica de esos principios.

      [§ 6] De la forma más respetuosa con el lector, es obligatorio concluir esta introducción con una reflexión y advertencia final, consistente en señalar que esta no es una tesis militante sino académica, en la que la autora procurará efectuar análisis y formular categorías teóricas y conceptuales acordes con la calidad que exige una institución como la Universidad Externado de Colombia en la formación doctoral en Derecho, inserta en la comunidad jurídica internacional en la que se ha posicionado. Si en algo las subjetividades de quien escribe esta tesis van más allá de lo admitido, ello no es un propósito sino una excepción al cuidado permanente que se ha impuesto para evitar una presencia no permitida de esos elementos personales, y seguramente sería un efecto de la naturaleza humana que hace ineludible del todo, aún en medio del mayor esfuerzo de objetividad, el impregnar las obras con alguna medida de la propia historia.

      Sin duda, la rigurosidad de los lectores conducirá a detectar las deficiencias y los aspectos que mejorar de esta tesis, y su indulgencia a identificar algunos elementos que puedan contribuir, al menos en el ámbito controversial, a las discusiones sobre la libertad religiosa, la laicidad y la ponderación de ellas y de otros principios.

       CAPÍTULO PRIMERO LIBERTAD RELIGIOSA Y LAICIDAD: RELACIÓN RESULTANTE DE LA TENSIÓN ENTRE EL PODER POLÍTICO Y EL PODER RELIGIOSO

      [§ 7] Este primer capítulo se orienta a demostrar que la relación entre laicidad y libertad religiosa surge como producto de la tensión histórica entre el poder político y el poder religioso, presente desde el inicio de la era cristiana. Si bien esa mutua tracción no se ha manifestado siempre de la misma forma, sí ha sido una constante, y el mecanismo mediante el cual se ha pretendido lograr su solución es la invocación de la laicidad y de la libertad religiosa –expresada en esos términos o en otros que equivalen a un pedido de autonomía en materia de creencias religiosas.

      La comprobación de esa afirmación es necesaria para demostrar la hipótesis de esta tesis, consistente en que los límites de la libertad religiosa de los servidores públicos son especialmente reforzados, dado que, por causa de la laicidad, esa tensión entre poder religioso y poder político es más fuerte en su caso que en el del común de los ciudadanos.

      Con el fin de mostrar esa tensión entre poder político y poder religioso y la presentación de la libertad religiosa y la laicidad como mecanismos para equilibrar las dos tendencias, la primera sección de este capítulo identifica hitos históricos de la petición de autonomía en materia de creencias, aparecidos ante la lucha entre esas dos potestades –poder político vs. poder religioso–. En ese tránsito, se identifican características de la tensión que persisten hasta hoy y se hacen visibles en la relación entre laicidad y libertad religiosa.

      La comprobación de la afirmación consistente en que la laicidad y el reconocimiento de la libertad religiosa, así como la relación entre ellas, surgen como producto de la tensión histórica entre el poder político y el poder religioso se complementa en el segundo subcapítulo, donde se identifican hitos del dualismo poder político y religión, con miras a explicar cómo la religión pasó de ser el fundamento del poder político a un derecho garantizado por el Estado y a entender la laicidad como el vínculo garantista actual entre Estado y libertad religiosa.

      A partir de esa concepción de la libertad religiosa como derecho subjetivo, en la tercera subsección se analizan su reconocimiento y protección por organismos internacionales, sus fundamentos como derecho humano, su ámbito de protección inicial, su relación con otros derechos humanos, y su protección y límites, en general. Esta sección se orienta por el argumento consistente en que, aún hoy, la tensión entre poder político y religioso se canaliza mediante la libertad religiosa y la laicidad, lo que explica que existan diferencias entre la libertad del ciudadano, en general, y la del servidor público. Esas diferencias se concretan en cada aparte del subcapítulo.

      En síntesis, este capítulo demuestra que la tensión entre poder político y poder religioso es una constante aún vigente, que hoy se procura equilibrar mediante la laicidad y la libertad religiosa.

       I. HITOS DE LA PETICIÓN DE LIBERTAD EN LA ADOPCIÓN DE CREENCIAS ANTE LA TENSIÓN ENTRE RELIGIÓN Y PODER POLÍTICO

      [§ 8] En función de identificar como una constante la relación entre religión, poder político y la petición individual de autonomía en la adopción de creencias religiosas, esta sección explica la libertad religiosa a partir del análisis de hitos históricos, mediante los cuales procura detectar elementos teóricos o características preponderantes de cada etapa. Su finalidad es explicar que esta libertad, como derecho humano, se reconoce progresivamente en medio de tensiones constantes entre el poder político y el religioso representado por cada persona y por organizaciones religiosas consolidadas o emergentes.

      En ese recorrido por distintos momentos históricos se encuentra que la libertad religiosa se reclama del poder político como una necesidad de emancipación personal; pero también se exigió por instituciones y territorios frente al poder religioso, con el fin de obtener una identidad política diferenciada de lo confesional, lo cual condujo al concepto de laicidad.

      [§ 9] Como precisión conceptual de esta sección, es de indicar que se orienta a destacar que si bien el carácter humano de la libertad religiosa parece un asunto incuestionado, el interés en identificar hitos previos al Estado moderno en los que la libertad religiosa fue asumida o reclamada como un derecho propio de las personas –según la particular concepción de cada periodo–, también procura destacar su carácter intrínseco al hombre, no derivado de una sola concepción filosófica, política ni jurídica y no exclusivo de la época actual.

      De este modo se busca demostrar que la libertad religiosa, como todo otro derecho humano, tiene validez jurídica, en razón de su corrección material, de su justificabilidad, y que no es dependiente de su positivización1. Parte de esa fundamentación de la libertad religiosa como derecho humano se encuentra –aunque parcialmente– en su invocación en distintos momentos de la historia. Si bien existe una concepción preponderante, que asume los derechos humanos, incluida la libertad religiosa, como un asunto propio de la modernidad2, lo cierto es que cuentan con raíces previas a esa época en la que más bien surgió su institucionalización como derechos fundamentales, y frente a las cuales el derecho y el estudio de su historia tienen mucho por establecer3.

      Este primer aparte hace una aproximación a ese enfoque, con el cual antes que cuestionar la modernidad y las ideas de racionalidad e individualidad que subyacen a la comprensión contemporánea de los derechos humanos, lo que procura es poner de presente la presencia de estos en períodos anteriores y la necesidad de ahondar en ese estudio.

      [§


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