Cómo vivir bien 100 años. Felipe Larraín

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Cómo vivir bien 100 años - Felipe Larraín


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en desacuerdo con la afirmación “Las pensiones que entrega el sistema de AFP alcanzan a financiar un nivel de vida adecuado”, mientras que un 71% de los pensionados por vejez declara que la pensión que recibe no le alcanza para satisfacer sus necesidades. En definitiva, la percepción de que los montos de pensión no son suficientes es mayoritaria. Esto tiene múltiples causas, y es una discusión que va más allá del ámbito de este capítulo, pero muestra la necesidad de que las personas puedan tomar las decisiones más convenientes en términos financieros y con toda la información disponible, factor que puede contribuir a elevar su bienestar.

      Decisiones del adulto mayor al cumplir la edad legal para pensionarse

      Dado que la principal razón que lleva a los adultos mayores a continuar trabajando más allá de la edad legal de pensión es que esta no les alcanza para cubrir sus necesidades, las decisiones respecto a cuándo jubilarse y cuándo pensionarse se vuelven un factor crítico para el pensionado, ya que afectan la suficiencia del monto de la pensión, esto es, la capacidad para cubrir las necesidades de los adultos mayores. En este sentido, para los adultos mayores se vuelve muy necesario comprender las distintas decisiones que deben tomar una vez que cumplieron la edad legal de pensión. La Figura 4 presenta el árbol de decisión del trabajador que llegó a esta etapa de su vida.

      Figura 4: Árbol de decisión de un trabajador que cumple la edad legal de pensión

      La Figura 4 muestra que la primera decisión que debe tomar un afiliado que llega a su edad legal de pensión es si seguirá trabajando o se jubilará. Si decide seguir trabajando tiene varias opciones posibles: puede comenzar a recibir la pensión y dejar de cotizar para la AFP (debe cotizar el 7% de salud en caso de no estar exento), puede pensionarse y seguir cotizando (escenario contradictorio pero que existe dentro del abanico de opciones), puede posponer la fecha efectiva de la pensión pero dejar de cotizar (con lo que dejará de realizar aportes a su cuenta de capitalización individual) o puede posponer la fecha de pensión y además seguir cotizando normalmente.

      Aunque postergar la edad de jubilación (retiro del mercado laboral) permite paliar en parte el problema de la suficiencia, para efectos de evitar variaciones bruscas en el ingreso (y por ende, en el consumo) resulta más importante postergar la edad de la pensión. Ello, porque mientras siga percibiendo un ingreso laboral, lo ideal es que el trabajador pueda postergar también la edad de pensión, y de ser posible, seguir cotizando e incrementando el saldo de su cuenta de capitalización individual. De esta manera, una vez que se jubile, el sueldo será reemplazado por una pensión, pero más alta que la que originalmente habría percibido en caso de pensionarse en la edad legal, ya que el monto ahorrado en la cuenta de capitalización individual se distribuirá entre un menor número de años. Esta es la opción que permite una mayor suavización del patrón de consumo del individuo. Pero incluso si la persona deja de cotizar a la edad legal de pensión, el hecho de haber pospuesto el momento de pensionarse, le permitirá recibir un monto mayor de pensión al retirarse, ya que los recursos acumulados en su cuenta seguirían recibiendo retornos e igualmente se distribuirán en un número menor de años que en el caso de pensionarse a la edad legal.

      En cambio, si la persona solo posterga la edad de jubilación (es decir, sigue trabajando), pero decide hacer efectivo su derecho a pensión y deja de cotizar19, en el periodo en que se mantenga trabajando no solo recibirá su ingreso laboral sino además su pensión, lo que momentáneamente generará un salto en su ingreso total. Sin embargo, una vez que se retire solo recibirá su pensión, pero esta será mucho más baja que en el caso en que se hubiese pensionado al momento del retiro. Por lo tanto, tendrá una caída más brusca de su ingreso respecto a si hubiese pospuesto también el momento de la pensión.

      El patrón hipotético del ingreso total en ambas situaciones para una persona que solo cuenta con los ingresos de su trabajo y con su pensión de vejez se presenta en la Figura 5. Como se observa, la trayectoria del ingreso total cuando el trabajador además posterga la edad de pensión y sigue cotizando es mucho más suave que cuando opta solo por postergar la edad de jubilación, pero se pensiona en la edad legal.

      Figura 5: Patrón hipotético del ingreso total obtenido por un trabajador que decide posponer la edad de jubilación dependiendo de su decisión de posponer o no la edad de pensión20

      La lección de lo anterior es que dentro del abanico de opciones disponibles existen algunas más convenientes que otras. Si el afiliado optó por seguir trabajando (y asumiendo que no tiene otro tipo de ingresos además del laboral y de la pensión a recibir), probablemente la mejor alternativa es seguir cotizando normalmente y pensionarse solo al momento de la jubilación. Ello porque dado que está recibiendo su ingreso laboral, el seguir cotizando le permitirá aumentar el monto de su pensión futura. Con esto podrá suavizar mejor su consumo, al permitir variaciones menos bruscas del ingreso cuando pase de recibir su remuneración a una pensión (ilustrado en la Figura 5). Si, en cambio, la persona opta por recibir la pensión estando trabajando, recibirá no solo su ingreso laboral sino también este ingreso adicional, lo que implica aumentarlo durante el lapso posterior a la fecha de pensión en que se mantenga trabajando. Sin embargo, si la persona deja de cotizar, no podrá seguir incrementando su pensión, por lo que su tasa de reemplazo será menor que de haber seguido cotizando, lo que implicará una caída más brusca de su ingreso una vez que se retire definitivamente del mundo laboral. Por otro lado, pensionarse y seguir cotizando resulta en cierta forma contradictorio, ya que, por un lado, se están retirando fondos de la cuenta y al mismo tiempo, ingresando. Adicionalmente, para quienes trabajan y se pensionan puede ocurrir que al sumar sus ingresos podrían eventualmente tener que comenzar a pagar impuesto a la renta, o si ya lo pagaban, este será más alto. Ello, porque sus ingresos mensuales aumentarán respecto a su situación previo a recibir la pensión. Ciertamente tener que destinar una porción del dinero a impuestos que antes no se pagaban resulta poco conveniente. Además, quienes no están exentos de enterar la cotización de salud, deberán hacerlo por partida doble, tanto por su remuneración como por su pensión.

      Para ilustrar los efectos de postergar la edad de pensión es útil realizar algunas simulaciones. Para ello se toman como supuestos que el individuo está casado con un cónyuge de su misma edad, que tiene dos hijos y que la edad de afiliación de las mujeres al sistema de AFP es a los 22 años y la del hombre a los 2121. Además, se asume una trayectoria para el ingreso imponible aproximadamente en línea con los promedios de ingresos laborales por edad de los ocupados dependientes de la Nueva Encuesta Suplementaria de Ingresos (NESI) del INE 2014. De esta manera, para las mujeres se asume un ingreso imponible promedio de $560.000 para el tramo de edad de 22-35 años, de $580.000 para el tramo de edad entre 36-50 años y de $480.000 para el tramo de edad a partir de los 51 años. En el caso del hombre esta trayectoria es de $650.000 para el tramo de edad entre 21-35 años, de $830.000 para el tramo de edad entre 36-55 años y de $680.000 para el tramo de edad a partir de los 56 años. Adicionalmente se asumen tres estrategias de inversión: arriesgada, media y conservadora. La estrategia arriesgada invierte en el Fondo A hasta 55 años y en el Fondo C después de los 56 años. La estrategia media invierte en el Fondo B en el tramo 22-35 años, en el Fondo C en el tramo 36-55 años y en el Fondo D después de 56 años22. La estrategia conservadora invierte en el Fondo E siempre. Finalmente, las simulaciones asumen que el afiliado cotiza ininterrumpidamente los 12 meses de cada año. Los resultados se presentan en las Tablas 1 y 2.

      Tabla 1: Simulaciones de pensión líquida calculada como una renta vitalicia bajo distintos escenarios (mujer)

      Fuente: Elaborado con base en simulador de pensiones de la Superintendencia de Pensiones (22 de enero de 2016).

      Tabla 2: Simulaciones de pensión líquida calculada como una renta vitalicia bajo distintos escenarios (hombre)

      Fuente:


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