Construcción política de la nación peruana. Raúl Palacios Rodríguez

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Construcción política de la nación peruana - Raúl Palacios Rodríguez


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los más rotundos prestigios del clero; Olmedo iba a preparar en el Congreso una victoria para su mejor canto; Araníbar, Pérez de Tudela, Galdeano, Figuerola (que había hecho el brillante elogio a San Martín) y Sánchez Carrión, representaban al foro; Ferreyros brillaría en la república como hombre de letras (Porras, 1974, p. 66).

      Ante esta pléyade de valiosos e importantes personajes (que a partir de entonces se denominaría la “representación nacional”) el atribulado Protector dimitió su cargo, con frases magnánimas que ya hemos glosado en páginas anteriores. Con razón o sin ella, Leguía y Martínez (1972) reprocha al Congreso el haberle negado al general argentino la posibilidad de dirigir transitoriamente los destinos del país en un instante tan crítico:

      El Congreso ni por razones de política, ni por razones de orden público y por último ni por consideración y gratitud a los servicios que había prestado al Perú en la iniciación de la gesta libertadora, le confió a San Martín el mando provisional del Estado hasta que hubiera de elegirse al peruano que debía encargarse de la Magistratura Suprema. Por el contrario, expidió un decreto el día 21 del mismo mes de setiembre para el nombramiento del órgano ejecutivo que estaría formado por tres personas, quienes constituirían la primera Junta de Gobierno del Estado independiente. (Leguía y Martínez, 1972, p. 97)

      Un caso anecdótico por estos días de intenso trajín, fue la juramentación de Unanue; lo referimos por la importancia del personaje y por lo que él generó en el seno del Congreso. Como bien sabemos, el connotado sabio fue elegido representante por el departamento de Puno, aún sin dejar sus funciones ministeriales90. Esta situación le impidió incorporarse a la Asamblea conjuntamente con los demás diputados electos. Pero sí lo hizo el día 23 en que presentó sus credenciales para tomar asiento en el escaño que le correspondía. Pero había un requisito esencial que debía llenarse conforme a los reglamentos vigentes. Un ministro de Estado no podía terminar sus funciones sin el previo juicio de residencia que debía o no eximirlo de responsabilidad. La cuestión previa al juicio de residencia planteada por un meticuloso legalista, no llegó a prosperar en el Congreso, pues era tal el prestigio y la personalidad de Unanue que ante él cedieron las consignas escritas, uniformándose la opinión de la Asamblea por el ingreso inmediato del representante de Puno. Los diputados más conspicuos como Sánchez Carrión, Mariátegui, Pezet, o sea, el grupo dirigente del Congreso, los más autorizados, los más capaces, los que orientaban a la opinión pública dentro y fuera del sagrado recinto, fueron los que rechazaron la cuestión previa del juicio de residencia, “considerándola ofensiva para la honorabilidad y la investidura del ministro, y contraria al sentimiento general de los peruanos”. Con cierto patriotismo, fruto de la antigua consideración al sabio, Sánchez Carrión, con la frase encendida del tribuno, exclamó dirigiéndose a Unanue: “Viejo respetable, tan conocido en la Europa y cuya elocuencia nos ha encantado siempre; célebre entre las gentes de letras”; y agregó “Repetiré mil veces que el nombre de Unanue es muy respetable y en el acto debe recibírsele el juramento y comenzar el ejercicio de su diputación”. El acuerdo del Congreso fue inmediato, juramentando el ilustre sabio el mismo día 23 (citado por García Rosell, 1978, p. 96).

      Casi desde el inicio y con claridad hasta 1823, el Congreso estuvo controlado por su presidente, Luna Pizarro, y por un hombre de leyes de enorme prestigio intelectual y revolucionario, Sánchez Carrión quien no solo sería “el ave que enseña su plumaje” (según metáfora de Basadre) sino también la voluntad que se traduce en acción; ambos, convencidos y fervorosos republicanos91. Como lo señala acertadamente Porras (1974, p. 63), el primer momento de la Asamblea fue de arrebato lírico, de exaltación gratulatoria a los héroes, espadas de honor, inscripciones lapidarias, citas clásicas, repiques de campanas y la oratoria encendida de los corifeos de la libertad, mojada de ternura en la “leche del Contrato Social” (frase del filósofo e historiador escocés Thomas Carlyle) y rebosante de humanidad, de justicia, de patriotismo y de filantropía. Sin embargo, con el correr del tiempo este temperamento casi afín, poco a poco fue resquebrajándose hasta mostrar visibles variantes entre liberales doctrinarios, rivaagüerinos y bolivarianos. Basta revisar las actas del Congreso para percatarnos de ello92.

      ¿Cuál fue la principal tarea del prócer Congreso? Aquella que, indudablemente, lo prestigia y perenniza en los anales de la historia nacional: la promulgación de la primera Carta Política en noviembre de 1823, que no solo estableció el ordenamiento político-jurídico mantenido esencialmente hasta nuestros días, sino que ha sido considerada como el más genuino de los documentos producidos en el pensamiento revolucionario de la Independencia93. Para los febriles constituyentes, saturados del Espíritu de las Leyes y del Contrato Social, era en la facultad de darse las leyes, en la que un pueblo palpaba la realidad de su soberanía. Además, en los ejemplos clásicos habían aprendido que se llamaban “ciudades libres” a las que se gobernaban por leyes. En este sentido para ellos la imagen de la Patria se confundía con la imagen de la Ley. “El patriotismo —escribió Sánchez Carrión— no envuelve en último análisis otros deberes que los que consigna el fructuoso y constante estudio de sus leyes”; y el presidente de la Asamblea, Carlos Pedemonte y Talavera, al iniciarse el debate de la Carta, enaltece la tarea legislativa que van a realizar, afirmando: “Un país independiente, por el simple hecho de serlo no es todavía para sus moradores una patria. Patria es una asociación de individuos formada bajo leyes justas”. Y cuando se refiere a la necesidad de terminar su labor antes de que concluya la guerra de la emancipación, exclama: “¡La campaña decisiva va a abrirse! Plegue al cielo que cuando destruído el último enemigo vengan nuestros victoriosos guerreros a decirnos: Está conquistada vuestra Independencia; y nosotros podamos responderle: También ya está construída vuestra Patria” (citado por Porras, 1974, p. 98).

      Con criterio acertado, la Asamblea juzgó que, previamente, debían sentarse las Bases del sistema político que se adoptaría para la Constitución. Con este objeto, el presidente Luna Pizarro designó una Comisión ad hoc compuesta por él mismo, Unanue, Olmedo, Pérez de Tudela y Figuerola. Los más reposados, y los más conspicuos. Los agitados, los radicales como Sánchez Carrión, las discutirían después, pero aceptándolas con ligeras modificaciones. Mientras la Comisión trabajaba en su delicado encargo y ante la carencia de normas que regularan la vida pública (solo existían los decretos y leyes del Protectorado), Sánchez Carrión quiso salvar el escollo presentando una moción en la sesión del 5 de octubre, concebida en estos términos:

      Quedan, por ahora, en su vigor y fuerza todas las leyes, decretos, órdenes y reglamentos que regían antes de la instalación del Congreso, siempre que no estén en oposición con el nuevo orden de cosas y con las declaraciones que se expidan por la autoridad nacional, constituída por la expresa voluntad de los pueblos. (Citado por Porras, 1974, p. 77)

      El camino de la República continuaba, por tanto, al amparo de aquella legislación sanmartiniana, hasta que el Congreso adoptara el sistema definitivo de la vida política.

      Después de casi seis semanas de ardua labor, la Comisión dio por concluido su cometido. En efecto, ante la expectativa general de los diputados, el 4 de noviembre se leyó el dictamen respectivo que no era otra cosa que el cuerpo de las Bases de la futura Carta Magna94. Integrado por 24 items expuestos esquemáticamente, allí se exponían los principios rectores del espíritu republicano, representativo y popular que adoptaría la Constitución. Las Bases, nombre que se asumió para designar las normas estimadas como fundamentales para la organización del nuevo Estado, tenían carácter transitorio, desde que existían aún varios departamentos que estaban sometidos a la acción prepotente y depredatoria de los españoles. En las Bases, sin embargo, se fijaron los principios directrices de la flamante organización estatal. El 16 de diciembre de 1822 el virtuoso documento fue sancionado por unanimidad por la representación y rubricado con “vivas y aplausos a la patria soberana”.

      Sobre estas Bases, pues, surgiría la nueva estructura política y jurídica del Perú. Pero, ¿cuáles eran los postulados directrices del documento? Entre otros, las Bases proclamaron tres grandes principios: de autonomía, de liberalismo republicano y de representación popular. “La soberanía reside esencialmente en la nación: ésta es independiente de la monarquía española y de toda dominación extranjera


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